domingo, 3 de marzo de 2013

DEMOCRATIZACION, OTRO NOMBRE PARA LA SIEMPRE POSTERGADA REFORMA JUDICIAL






            Fiel a su costumbre de rebautizar hechos y circunstancias para relatarlos como si la Argentina hubiese comenzado a funcionar con el acceso del kirchnerismo al poder, la Presidenta ha rebautizado a la nunca completada Reforma Judicial, cambio profundo reclamado por la ciudadanía a todos los gobiernos, con la expresión “democratización de la Justicia”.
               
Su enunciado es cuestionable, en primer lugar porque parte del principio implícito que la justicia nacional no es democrática. Como la “justicia” comprende por igual a los jueces y al sistema judicial, debe entenderse que ambos no son democráticos, pero entonces, ¿qué son ? Jueces autoritarios, antidemocráticos o  comunistas o sistema judicial monárquico o quizá fascista daría igual, porque al final resulta que,  democrática, la Justicia no lo es. La Presidenta debe saber de qué habla: el kirchnerismo ha nombrado más de 400 jueces desde 2003.

Cuestionable también porque la designación de un juez surge de una elección popular indirecta, el cargo no se hereda ni se subasta. Funciona así: el pueblo vota sus representantes; los candidatos a jueces surgen de concursos llevados a cabo por el Consejo de la Magistratura, integrado por  representantes del Poder Legislativo y del Ejecutivo, entre otros; esa preselección se remite al Poder Ejecutivo, cuyo titular también fue elegido por voto popular, éste escoge libremente al candidato que le parece apropiado y solicita a la Cámara de Senadores, surgida también del voto popular, se le otorgue el acuerdo necesario para designar en el cargo a ese candidato. Otorgado el acuerdo el Poder Ejecutivo procede al nombramiento. La voluntad popular, es claro, nunca es ajena ni excluida de la designación de un magistrado, la elección es popular e indirecta. El Consejo selecciona, el Senado otorga el acuerdo, el Ejecutivo nombra: un camino obligado que debe recorrer por entre los representantes del pueblo, todo aspirante a juez.  En su discurso la Presidenta Fernández de Kirchner  dijo que “Hay que darle a ese órgano una representación popular donde la sociedad se vea reflejada y representada”, anuncio que requiere modificar la Constitución Nacional, su art. 114 establece que será integrado equilibradamente por representantes “de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal” entre otros.  
La Presidenta pidió también transparentar el tramite para saber cuánto tiempo están las causas en los juzgados; esa función ya tiene quien la ejerza porque tradicionalmente  el Ministerio Público ha tenido la tarea de controlar el buen funcionamiento del  sistema judicial e informar, o incluso denunciar las irregularidades. Nada nuevo lleva el anuncio.
Al respecto hay que señalar el nuevo fenómeno nacido hace tres décadas, simultáneo con las nuevas tecnologías, que llevó ese control a ser ejercido informalmente desde ámbito no estatales. La comunidad a través de Internet y de los medios, la opinión pública, las ONG especializadas  como  FORES,  Poder Ciudadano, Unión de Usuarios y Consumidores, CELS, por citar algunas, comenzaron  a canalizar la insatisfacción ciudadana, expresada no sólo respecto del Poder Judicial sino también a la falta de respuestas del Congreso de la Nación y del Poder Ejecutivo Nacional. Esa actividad de la sociedad civil sirvió de fuente a muchas soluciones.
En general esos objetivos integraron una Reforma Judicial que aún está en proceso, algunos expresados hoy por la Presidenta. Se creó en 1994 el Consejo de la Magistratura, se incorporaron tecnologías informáticas, se logró un aumento presupuestario (en 1997 el presupuesto de la Presidencia de la Nación duplicaba al de la Justicia Federal), se definió y mejoró la relación con los medios de comunicación, creándose  el Centro de Información Judicial (www.cij.gov.ar)  para avanzar en la transparencia de la actividad,  se introdujeron los juicios orales y prosperó la utilización de medios no judiciales para resolver conflictos, como la mediación o el arbitraje. La lista de objetivos es densa, entre los que no se alcanzaron está la aplicación del Código de Ética a los jueces, el pago del impuesto a las ganancias o la supresión de la feria judicial. Por eso y mucho más hace décadas actúan ONG, gobiernos y universidades: es la Reforma Judicial.
¿Pero de que tratará la democratización judicial anunciada por la Presidencia? ¿Se presionará a las provincias para que copien las leyes que bosquejó en el discurso? ¿De qué manera  armonizarán esas normas con cláusulas constitucionales específicas, como la que crea el Consejo de la Magistratura? La multiplicidad de interrogantes puede que lleve este nuevo anuncio presidencial a vía muerta, como ocurrió antes de ahora con el Tren Bala, el subterráneo al Aeropuerto de Ezeiza o las más prosaicas “milanesas para todos” y tantos otros ya olvidados. 




-Si desea enviar esta nota a otra persona, haga click sobre el icono con la letra M que se
  encuentra a la izquierda de la barra de opciones, ubicada justo debajo de estas líneas.
-Salvo indicación en contrario, la producción de las ilustraciones es del autor.
-Permitida la reproducción de esta columna indicando la fuente.





LA BATALLA DE SALTA, CONTRACARA DE LA ÉTICA PÚBLICA ACTUAL



Versión ampliada de la columna
publicada en el diario El Tribuno,
en la edición del sabado 23/2/2013




       Los festejos y los bicentenarios se arremolinan y se confunden  entre sí como parte de un sueño que enlaza largos fines de semana, turismo continuo y espectáculos gratuitos con tufilloa circo romano. Un sueño en el que lo accesorio termina desplazando a  lo principal.
      Porque lo principal de esas celebraciones era homenajear los iniciales intentos de unidad nacional, de organizar el estado mediante una Constitución,  ese sueño perseguido por la Asamblea Constituyente del Año 13, sueño por el que luchó Belgrano en Salta, sueño que recién fue parido cuarenta años más tarde, en 1853.
      Con dificultades el objetivo iba concretando, la Nación creció fortificando por medio de las  instituciones necesarias para su desenvolvimiento a medida que las necesidades lo imponían.  La organización estatal resultaba ineludible porque los hombres –por indispensables y patriotas que fueran, un día morían- pero las instituciones no. Era verdad que la organización vence al tiempo, como dice el apotegma  atribuido a Perón pero acuñado siglos antes con las primeras sociedades comerciales de personalidad jurídica independiente.
       Pero en estos tiempos ese proceso se ha demorado,  una degradación institucional ocurre sin prisa y sin pausa, producto de las acciones del Gobierno Nacional kirchnerista y de las conductas de los diputados y senadores que las acompañaron; así se advierte una grave declinación de instituciones de importancia para el buen funcionamiento del Estado.
       Algunas, como la  Vicepresidencia de la Nación , humillada por la falta de idoneidad moral de su titular, otras, como  la Auditoría General de la Nación, ignorada por el Gobierno, desprecio que la tragedia de Once hizo público al poner sobre el tapete los dictámenes que lo auguraban. Otra es la Procuración General de la Nación, en la cual se intentó con toda desvergüenza nombrar como titular del órgano, al que la Constitución define como “independiente”, al Síndico General de la Nación Daniel Reposo, quien públicamente reconocía su obediencia ciega a la Presidenta. Ni lamentable papel que hizo ante el Senado, ni su currículum falseado ni el fracaso político de la Presidenta al no lograr imponerlo, le llevaron a imaginar una ética renuncia a la sindicatura que ejerce, renuncia que tampoco le fue solicitada por la Mandataria.  
            El Banco Central es otro botón de muestra: el nombramiento de su Presidente es por seis años y requiere acuerdo del Senado, sin embargo el pliego de Mercedes Marcó del Pont fue congelado en la Casa Rosada, hecho irrespetuoso que no ha motivado sin embargo su renuncia. El paradigma de la declinación institucional es la trayectoria del  Instituto Nacional de Estadística y Censos, sus servicios son esenciales para tomar cualquier decisión de gobierno, nacional o provinciales, Pero el INDEC ha desaparecido de la faz de la tierra como organismo creíble, descalificado incluso internacionalmente. Tanto para conocer las falencias educativas como para ponderar las oportunidades de inversión de capital o para cualquier otro tipo de decisión que necesite la gestión pública o privada, los datos del INDEC siempre fueron confiables. Hoy está en ruinas y es objeto de burla callejera. La Procuración del Tesoro, centenaria y prestigiosa, hoy la dirige una abogada carente de antecedentes y trayectoria, cuyo único mérito es haber sido miembro del Tribunal de Cuentas de Santa Cruz. La Inspección de Personas Jurídicas es otra institución que dejó de ser confiable: el extravío de expedientes de constitución societaria, que antes no ocurrían, comenzaron cuando fueron  requeridos judicialmente en las causas  Ciccone y Shocklender.
Suficientes ejemplos para comprobar el hecho perverso que los origina: el reemplazo paulatino de las instituciones por la mera voluntad presidencial.    
            El kirchnerismo también desbarató la tradicional política partidaria y hasta los mismos partidos, una institución que tanto Néstor como la Presidenta señalaban necesaria tanto para la vida democrática como para acceder al poder.  La Presidenta en la Plaza de Mayo el 18 de junio 2008 y  Néstor Kirchner en la UOM  el 3 de julio siguiente advertían a sus opositores que para poder criticar debían formar primero un partido y luego ganar elecciones.
            El discurso de Cristina Kirchner siempre tuvo como prolija característica la supresión  referencial de Perón y del Partido Peronista, casi hasta lograr que pasaran a segundo plano y sólo figurara ella, eventualmente su agrupación La Cámpora, como los únicos ejes. Pero ocurre que ni fundó otro partido ni aceptó, rompiendo la tradición,  ser presidenta del Partido Justicialista, cargo que hoy sigue vacante.  Soló alentó la consigna de “Cristina Eterna”. Hoy ya no tiene reelección posible, carece de heredero político, el partido peronista no forma parte de sus afectos, no ha formado un partido cristinista puro y desde hace un tiempo gobernadores peronistas la enfrentan por diferentes motivos. El Peronismo Federal, por su parte siempre fue  público oponente al autoritarismo kirchnerista. Este panorama indicaría que  ha comenzado, sin duda, el período del pato rengo. Los abucheos y silbidos que en Salta le obsequiaron a su vicepresidente elegido a dedo al igual que los escuchados ayer en Plaza de Mayo en el acto del aniversario de la Tragedia de Once,  no son los primeros ni serán seguramente los últimos.




-Si desea enviar esta nota a otra persona, haga click sobre el icono con la letra M que se
  encuentra a la izquierda de la barra de opciones, ubicada justo debajo de estas líneas.
-Salvo indicación en contrario, la producción de las ilustraciones es del autor.
-Permitida la reproducción de esta columna indicando la fuente.



 


           

sábado, 2 de marzo de 2013

El art. 420 del Codigo Procesal Penal de Salta



 Publicado en diario El Tribuno del Jueves 7/2/2013. 

Comentario a una noticia que informó acerca de la fuerte respuesta de un juez al fiscal de la causa, por entender que el fiscal utilizó en un escrito expresiones que lo amenzaban para condicionar el curso de un expediente. El hacía hecho lugar a la producción de pruebas solicitadas por los imputados y el fiscal se opuso, advirtiéndole al magistrado que si no procedía como solicitaba la fiscalía, procedería a denunciarlo por prevaricato e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

 -o-o-o-o-o-o-

                 La garantía de la defensa en juicio consagrada en la Constitución Nacional es recogida por la Carta Magna de Salta en su artículo 18 titulado Inviolabilidad de la Defensa, con la particularidad de extendarla, además de lo judicial, al ámbito administrativo y a seno de las entidades de derecho privado. Se resalta así la importancia que se le da a los derechos fundamentales.
                Esa expresión constitucional, como todas las demás garantías, no es un mero ejercicio retorico, ni una expresión de deseos. Es una orden. Todo el derecho está constituido por normas que imponen conductas obligatorias, sea a todos los ciudadanos, sea sólo a algunos; los códigos procesales tienen un gran porcentaje de conductas obligatorias cuyo destinatarios son los magistrados únicamente.
                El anterior Código Procesal Penal salteño, por caso, ordenaba al juez en el artículo 293 investigar todos los hechos y circunstancias a los que el acusado se hubiera referido en su indagatoria, salvo que no fueran útiles. El nuevo código del año 2011 recogió esa misma fórmula de hacer concreta la abstracta garantía de defensa, pero cambió el sujeto que debe cumplir la orden. El actual artículo  420 le ordena al fiscal “investigar todos y cada uno de los hechos y circunstancias pertinentes y útiles a que se hubiere referido el imputado, salvo que los considere impertinentes o inútiles”. Tanto en el código anterior como en el actual éste instituto lleva el mismo nombre técnico, es la “evacuación de citas”, pero hoy le permite al Fiscal estar un paso delante de la defensa en los procesos penales, ya que puede denegar por sí las investigaciones de esos hechos, es decir operar en la causa como si fuera el juez. Porque decidir o resolver –en este caso la inutilidad o impertinencia de la prueba- es un rasgo que caracteriza a la magistratura.  Para emparejar lo desparejo,  el artículo concluye con un párrafo que dispone que si el Fiscal considerara que no es útil investigar los dichos del imputado, éste o su defensor “podrán acudir al Juez de Garantías para solicitar la revisión de ese criterio”. Un remedio que podría ser tardío.
                Esa desigualdad entre las partes, el acusado por un lado y el acusador por el otro, ya había sido puesta de manifiesto en los debates previos a la sanción de la ley. Hoy parece que se da en concreto una de las hipótesis que en su momento abonaron las críticas al nuevo código.       





-Si desea enviar esta nota a otra persona, haga click sobre el icono con la letra M que se
  encuentra a la izquierda de la barra de opciones, ubicada justo debajo de estas líneas.
-Salvo indicación en contrario, la producción de las ilustraciones es del autor.
-Permitida la reproducción de esta columna indicando la fuente.


      
                                               -o-o-o