lunes, 21 de julio de 2014

ATRASOS EN CAUSAS ABIERTAS CONTRA PERSONAL POLICIAL ¿QUIEN CONTROLA AL QUE CONTROLA?




      El titular de la fiscalía de Causas Policiales y Penitenciarias de la provincia respondió un pedido de informe de la senadora Gabriela Cerrano sobre causas por apremios ilegales, vejaciones y torturas, en su respuesta el Dr. Gustavo Vilar Rey comunicaba que en 2012 tramitaron 774 y en 2013 llegaron a 1.474. Puede conjeturarse que actualmente las causas por esos delitos podrían rondar las dos mil y a ello se le suma que, por ley, la fiscalía interviene en todas denuncias e las investigaciones administrativas iniciadas contra integrantes de la Policía o del Servicio Penitenciario irregularidades en su desempeño que no fuese delitos, el número treparía a más de 2.500 expedientes controlados por una sola fiscalía a la cual la ley le otorga competencia sobre toda la provincia.


       Descontando las dos ferias judiciales, los fines de semana y los feriados, los días laborales quedan reducidos a 200, en los cuales el titular trabaja tiempo completo, pero el personal tiene una jornada laborable de seis horas. El tiempo que tiene para controlar a los juzgados que ventilan esas causas es poco, en simultáneo abogados y familiares de los detenidos se quejan que las causas tramitan lenta en los juzgado que esa fiscalía controla.


       El procedimiento judicial es de por sí complejo, exigiendo una serie de pasos obligatorios para preservar a los ciudadanos, cuando son inocentes, de injustas acusaciones, detenciones y condenas. Todo ciudadano se presume inocente y sólo desaparece frente a las pruebas reunidas y a la valoración que de ellas haga el juez. El acusado ejercitará sus derechos de declarar y de exponer sus propias pruebas. Todo ello dentro de los pasos y plazos reglamentarios del debido proceso, o sea respetando al pie de la letra los procedimientos que marca la ley.

      Todo esto lleva su tiempo, y es bueno ese andar prudente de la justicia para evitar el error de colgar a un inocente.

      Lo no que no resulta tan bueno es que los tiempos procesales se alarguen en demasía sin razones que lo justifiquen. Para que ello no suceda está el Ministerio Público, la Constitución provincial le impone el deber de "velar por la buena marcha de la administración de justicia y controlar el cumplimiento de los plazos procesales, estando facultado para acusar a los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público ante quien corresponda".

       Así los fiscales resultan responsables de vigilar la marcha sin atrasos de las causas en las que actúan. En este punto puede surgir un interrogante: ¿Y quién controla al que controla?

      La solución la contempla la ley orgánica del Ministerio Público, que manda a los agentes fiscales y fiscales de primera instancia elevar un informe estadístico de la labor desarrollada anualmente. Deberes similares cargan los Fiscales de Corte quienes "deberán llevar un registro ordenado de las actividades de su oficina y enviar cada año al Procurador General …. un informe pormenorizado de sus actividades durante el año anterior". En el caso de la Fiscalía de Causas Policiales y Penitenciarias su ley de creación modifica levemente esa obligación al disponer que es deber del fiscal titular elevar ese informe anual sobre la gestión de esa Fiscalía no ya al Procurador General sino al Colegio de Gobierno del Ministerio Público
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       Las estadísticas de la actividad de los fiscales convergen así todas al despacho de Procurador General o al Colegio de Gobierno. Esos números, permiten a la máxima autoridad administrativa controlar a quienes controlan a los magistrados, teniendo entonces la responsabilidad última de control sobre la buena marcha de los plazos procesales. De allí pueden derivarse internamente, sumarios por atrasos judiciales pero también externamente motivar reclamos a la legislatura para la creación de nuevas fiscalías si estuvieran desbordadas las actuales. El Colegio de Gobierno es quien toma las decisiones.

      No siempre el hilo debe cortarse por lo más delgado.