viernes, 20 de mayo de 2011

LOS EFECTOS MORTALES DE LOS ANIMALES SUELTOS




Gobernador Guillermo Snopek 


He querido  incluir las imagenes de dos personalidades públicas del NOA, el Gobernador de Jujuy Dr. Guillermo Snopkek y el Obispo de Santiago del Estero Monseñor Gerardo Sueldo, fallecidos en accidentes viales causados por animales sueltos en ruta.



lunes, 16 de mayo de 2011

MAS SOBRE ANIMALES SUELTOS

            




    Las fotografías de la columna de ayer y de hoy tienen como fuente a el diario El Tribuno de Salta y a los fotógrafos Luis Arias  y Néstor  Troncoso.

                Como resulta una verdad generalmente aceptada que cada vez hay menos tiempo para leer, y menos costumbre de hacerlo, sumado a que también lo es que una imagen vale por mil palabras, planteo la cuestión del peligro de los animales sueltos en rutas y zonas urbanas utilizando fotografías que recogen lo ocurrido en Salta durante algo más de una década, como una invitación a la reflexión para proponer soluciones diferentes, ya que este problema sigue irresuelto no sólo aquí sino casi en todo el país.

                El tema no queda agotado. 

Aunque existen condenas judiciales,el dinero
    no  devuelve la vida de un ser querido.

Animales sueltos secuestrados
por la Policía de la Provincia
  

Hace 14 años los animales sueltos "seguían" provocando accidentes !!!!
    (continuará)  

jueves, 5 de mayo de 2011

MOTOCHORROS A CONTRAMANO




            La ilustración hoy alude a un delito de hurto acontecido hace pocos días en esta ciudad de Salta. No es la primera vez ni será la última, pero mi preocupación por el tema me llevó a bosquejar un artículo nuevo que debiera ser incorporado al Código Contravencional de la Provincia que sancione la circulación a contramano de motos y bicicletas, fundamentado en una doble razón de seguridad: una, la seguridad personal atento el auge de los ilícitos cometidos por los motochorros en Salta Capital, que no es más que un reflejo de lo que ocurre en todas las grandes ciudades del país, y esta ciudad ya dejó de ser aldea hace mucho tiempo; la segunda es una razón de seguridad vial, de protección –paradójicamente- al infractor tratando de evitarle daños a su persona.
            Mi interés en este tema en épocas en la cual estaba a mi cargo el  Juzgado Correccional Nº 3 y el Código Procesal Penal indicaba que la competencia correccional incluía resolver los recursos de apelación interpuestos contra las “resoluciones sobre faltas o contravenciones policiales”. Es el art. 27 todavía vigente al día de
            El Código Contravencional, lamentablemente, vino mal parido de entrada. Se sancionó el 3 de mayo de 2001 como Ley Nº 7135 y se publicó en Boletín Oficial el 28 de mayo de ese año. Pero olvidó legislar sobre temas de importancia, como las faltas a la seguridad vial. Creó, en cambio, juzgados correccionales integrados al Poder Judicial de la Provincia, con una estructura demasiado grande y por lo mismo imposibles de solventar, tanto que todavía hoy, una década después, siguen sin haberse erigido esos tribunales mientras la Policía continúa ejerciendo el rol de Juez de Faltas y los jueces correccionales fungen de tribunales de apelación como siempre se hizo. Una vez más vale la pena repetir que las leyes no son mágicas.
 hoy. Eso fue por el año 1981, me involucré más todavía a partir de 1994 cuando la Cámara de Diputados organizó en Salta las “Primeras Jornadas de Estudio del Régimen Contravencional” en las cuales tuve participación como vocal de la Comisión Ejecutiva. El principal disertante de esas jornadas fue Eugenio Zaffaroni, quien expresó una idea miliar: “Un pueblo que se preocupa por sus contravenciones es un pueblo que está interesándose por su libertad y su dignidad”.
            Realicé aportes sobre temas contravencionales desde entonces, incluído un proyecto tendiente a remediar la laguna que presenta el Código Contravencional de la Provincia sobre seguridad vial. Pero eso será motivo de  una nota futura, hoy sólo se pretende arrimar un aporte para solucionar un problema concreto, y que se focaliza en la circulación a contramano por parte de ciclistas y motociclistas.
            Esos aportes los envié a funcionarios del Poder Ejecutivo y a legisladores, pero nunca tuve respuestas. Tal vez mi visión es equivocada pero mientras no me indiquen cuales son las razones de esa equívoca visión –y me convenzan- seguiré con lo que considero mi obligación moral, que es de todas maneras una obligación.
-O-O-O-O-O-O-

PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL CODIGO CONTRAVENCIONAL
DE LA PROVINCIA
INCORPORACION DEL ARTÍCULO 49 BIS

FUNDAMENTOS :

            Garantizar la seguridad de las personas y de sus bienes constituye una obligación del Estado provincial establecida por la Constitución de la Provincia;
            Su contracara, la inseguridad, es un fenómeno que preocupa en forma permanente a la toda comunidad, no sólo por la posibilidad de su aumento cuantitativo sino también por las nuevas formas y modalidades que adopta esta manera de agredir la tranquilidad, la seguridad personal y los bienes de los ciudadanos;
            En los grandes centros urbanos de todo el país -y Salta no es la excepción- se ha difundido una nueva modalidad de atentar contra la propiedad mueble de los habitantes, consistente en el arrebato de bienes en la vía pública, realizado desde motocicletas en movimiento, e incluso desde bicicletas, acciones en las cuales el autor o los autores, sin bajarse del rodado, comete el ilícito y huyen inmediatamente;
            Analizando los hechos acaecidos se advierte que la circulación a contramano está presente en muchos de ellos para facilitar la fuga, porque dificulta cualquier intento de persecución en vehículos, sean policiales o particulares;
            La repetición de esos hechos provocó que la comunidad y los medios de comunicación hayan acuñado un término que a un mismo tiempo resume el proceso, el modus operandi y la categorización del hecho y de sus autores, al quedar todo ello definido y englobado por el vocablo coloquial “motochorros” de uso extendido a lo largo y ancho del país;
            La actual legislación contravencional de la Provincia no contempla en su texto este nuevo fenómeno, por lo que resulta necesario definir la conducta que se tipificará como contravención e incorporarla al Libro Segundo, Titulo III, “Contravenciones contra la propiedad”, de la Ley Nº 7135; esa sanción a la contravención definida por la ley tiene por objetivo asegurar y garantizar la seguridad de los ciudadanos y de los bienes que trasladen consigo al transitar por la vía pública;
            Esta nueva figura contravencional, por razones de metodología puede ser insertada sin inconveniente alguno en el texto actual, a continuación del art. 49, llevando la numeración 49 bis, el cual estaría orientado a proteger la propiedad mueble, tal como hoy lo hacen el art. 49 al sancionar la injustificada posesión de ganzúas, el art. 50 que sanciona la venta o entrega de ganzúas, el art. 51 que reprime a quien abriera o hiciera abrir la cerradura ya no de un inmueble sino de un bien mueble, o el art. 52 que sanciona a los comerciantes cuando -por obviar obligaciones administrativas- puedan eventualmente terminar siendo el canal de comercialización de bienes muebles mal habidos;
            No resulta un dato menor esperar que la modificación propuesta tendría a su vez un beneficio secundario desde el punto de vista de la seguridad vial, al ayudar a incorporar a la cultura del ciudadano, pero en especial de ciclistas y motociclistas, la noción de que los vehículos de dos ruedas, sean autopropulsados o sean de tracción a sangre, también se encuentran ineludiblemente sometidos a las reglamentaciones de tránsito, noción que conforme la actitud usual y actual de estos conductores en toda la provincia, pareciera no ser conocida y si lo fuera, no resulta ser respetada;
            De esa falta de respeto a la norma muchas personas circulando a contramano resultan victimas de accidente viales, a veces con consecuencias graves;
            Por estos motivos es que se propone agregar al Código Contravencional, en el Título antes indicado el texto siguiente:

ARTICULO 49 bis: Será sancionado con arresto[1] de hasta veinticinco (25) días el conductor que sin causa justificada y en calles de mano única ubicadas en zona urbana, circulase a contramano conduciendo una motocicleta, ciclomotor o bicicleta. Igual pena corresponderá a quienes viajen en calidad de acompañantes o cuando el desplazamiento se realice por vías peatonales o zonas vedadas al tránsito de vehículos. El vehículo será secuestrado mientras dure el proceso contravencional y sólo podrá ser reintegrado por disposición del magistrado dispuesta en la sentencia que recaiga”

Armando J. Frezze

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[1] La actual posibilidad que brinda el art. 16 de sustituir los días de arresto pagando multa resulta discriminatorio. El art. 16 debe ser modificado, si todos los ciudadanos son iguales ante la ley, no pueden sacar ventaja los que posean medios económicos a los que no los tienen.

miércoles, 4 de mayo de 2011

DÍA MUNDIAL DE LA LIBERTAD DE PRENSA




                        Ayer se celebró el Día Mundial de la Libertad de Prensa. En homenaje a todos quienes luchan cada día todos los días en todo lugar por defender la libre expresión de las personas,  es que este sitio reproduce hoy dos de las que considero las mejores notas publicadas en los últimos días sobre este tema.  Gracias a esa falta estatal de censura, de control, de vigilancia es que las grandes empresas pueden gestionar sus televisoras, los diarios pequeños del interior pueden ejercer su labor informativa, los ciudadanos sin más medios que el que les provee Internet –como es mi caso- podemos informar y opinar sobre temas que hacen a la vida cotidiana. Ello no significa hacerlo sin responsabilidad: el marco jurídico de las leyes –en este caso las argentinas- fijan no tanto los límites sino las responsabilidades de cada cual. Y la Justicia de nuestro país, de eficaz desempeño en el tema,  ha fallado con equidad siempre que debió expedirse sobre  libertad de información o sobre los excesos ocurridos al usar de esa libertad. Por otra parte existe un Observatorio de Medios cuyos fallos son inexorables: no es del estado, es la opinión de cada lector, de cada ciudadano que ejerce su control informal de los medios todos los días.  
Este blog ha elegido una historia personal de alguien que llegó invitado a la Feria del Libro en Bs. Aires para recibir un premio  y fue encarcelado al regresar a su país, por pensar distinto, en segundo lugar elegí un editorial de un diario del interior cuyo análisis crítico –y su lectura- es de provecho para todos.
Armando J. Frezze


FUE PREMIADO EN LA FERIA DEL LIBRO  Y LO ARRESTARON
AL VOLVER A VIETNAM

Bui Chat, el joven editor clandestino de Vietnam que recibió en la Feria del Libro el Premio Libertad de Publicación 2011 fue arrestado apenas llegó a su país. Le confiscaron el diploma y aún está en prisión.
El fundador de la editorial Giay Vun en Vietnam, había sido seleccionado por la Unión Internacional de Editores (International Publishers Association, IPA), por su coraje para editar en condiciones difíciles. El premio le fue entregado el jueves 25 de abril en la Feria del Libro por el presidente de la Unión Internacional de Editores, YoungSuk "Y.S" Chi, por el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri y el Ministro de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Hernán Lombardi en el marco de una ceremonia en la que habló Claudio Escribano, miembro del directorio de LA NACION y de las academias nacionales de Ciencias Morales y Políticas y de Periodismo.”
 La Nación, Buenos Aires, Sábado 30 de abril de 2001

UNA LEY DE HIERRO DE LA HISTORIA

“Si algo enseña la historia, es que las naciones prosperan o decaen con su prensa, la que está seriamente amenazada en la Argentina, tal como lo denunció la Asociación de Entidades Periodísticas. Hace dos mil años, el gran historiador Cayo Cornelio Tácito enseñó que “los peores enemigos son los que aprueban siempre todo”. Nadie puede aseverar con justicia que esa sabia reflexión no conserve su alto contenido original de verdad. Porque si algo demuestra la historia es, precisamente, que el paso de los años no hizo sino enriquecer su valor admonitorio.
Los sistemas políticos autocráticos, totalitarios, autoritarios o tiránicos, que intentaron lograr una aquiescencia sistemática, se derrumbaron siempre porque sus cimientos se resquebrajaron por la infatigable tarea de zapa que realizaban, queriéndolo o no, los obsecuentes por la obsecuencia misma, los oportunistas que alquilaban su incondicionalidad porque ésta es el atajo ideal para medrar con mayor rapidez, y quienes, de modo sincero y erróneo, creían que un gobernante jamás podía equivocarse.
Esta absurda certidumbre fue profesada en todos los tiempos por cuantos se creyeron que ejercían el poder por voluntad de Dios, reemplazados más tarde por los autoasumidos depositarios del mandato de las masas. Y, por sobre todo, por aquellos que se saben beneficiarios del azar y por ello necesitan vitalmente de la aprobación general y acrítica para transmutar ese golpe de fortuna en un mandato mesiánico.
En cualesquiera de esos casos, la crítica representará siempre una blasfemia; el disenso, una amenaza larval. Por cierto, no toda crítica supone un diagnóstico leal, preciso y orientador hacia el rumbo justo, pero aun así sirve para una aproximación útil a lo real.
En la cultura mediática globalizada que la humanidad ha comenzado a construir, se lleva hasta el paroxismo la instalación del pensamiento único, que desarrollaron a su manera los totalitarismos.
Quienes no aprenden las lecciones porque presumen poseer más fortaleza para rechazar los embates de la verdad, no perciben que están excavando el oscuro final de sus aventuras. Enceguecidos por la adulación, no pueden ver una verdad evidente por sí misma: el periodismo independiente es la mejor salvaguarda de estabilidad de los gobiernos democráticamente legitimados. Joseph Pulitzer advirtió que “las naciones prosperan o decaen simultáneamente con su prensa”. Con su prensa independiente. Abundan los ejemplos de gobernantes y sistemas que se extinguieron porque rehusaron ésta, una de las leyes de hierro de la historia.
Vale recordarlo hoy, en momentos en que la Argentina parece transitar el camino hacia el total desprecio de este derecho y enseñanza de la historia. Precisamente, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) ha declarado que ese principio universal está siendo avasallado. Más que una jornada para festejar, es ésta una que debe ser dedicada a reflexionar sobre por qué hemos retrocedido en esa conquista.”
La Voz del Interior, Córdoba, editorial del martes 3 de mayo de 2011