miércoles, 3 de agosto de 2011

MENTES BRILLANTES, SUJETOS DELIRANTES



                        Hay un chiste ya algo gastado que, con variantes, dice más o menos que “el hecho de que yo sea un paranoico médicamente certificado, no garantiza que no me estén persiguiendo realmente”.  El recuerdo de esta burla me vino a la memoria al comenzar a redactar esta nota sobre el ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Raúl Zaffaroni y la odisea que padece en estos días por ser propietario de inmuebles.
                        Guiándome por la información académica, el Dr. Zaffaroni es una mente brillante. Pero ello no asegura que existan episodios delirantes en su vida real, algunos transcriptos en protocolos de sentencias judiciales y otros descriptos por las páginas del periodismo nacional.  Episodios que abarcan todas épocas varias.
                        No es el suyo, por cierto,  un caso aislado;  el ex canciller Rafael Bielsa es una mente brillante que en los años setenta imaginó –y no solo lo imaginó sino que lo convirtió en realidad- algo que no existía en lengua castellana y que hoy es el Servicio Argentino de Informática Jurídica (SAIJ) lo cual no le ha privado de vivir momentos delirantes. Su hermano, un genio de la estrategia en el fútbol mundialmente reconocido, porta un cariñoso apodo,  mote que le han puesto los hinchas argentinos y aceptaron los chilenos, y que tiene que ver con costado delirante.
                        El tema recuerda también, entre los genios contemporáneos, a John Forbes Nash, matemático norteamericano esquizofrénico, paranoico y premio Nóbel 1994. Alumno del doctorado en Princeton a fines de los años cuarenta, sus biógrafos cuentan que en esa Universidad –donde enseñaban Einstein y Juanito von Neuman- la mayor parte de los aspirantes al doctorado eran personas “extravagantes”, “portadores de tics sicológicos y físicos” y también de otras peculiaridades.
                        Raúl Zaffaroni es una mente brillante y basta leer sus antecedentes para concordar con este aserto.  Pero existe una proposición no menos verdadera: tiene tics, o como los define la Real Academia, movimientos convulsivos, que se repiten con frecuencia, producido por la contracción involuntaria de uno o varios músculos. Su tic físico es cerrar los dos ojos al mismo tiempo, como si estuviera por recibir un fuerte golpe. Sus tics sicológicos no resultan, obviamente, visibles, pero sus delirios están debidamente comprobados.
                        Hace unos ocho años escribí una nota en el diario El Tribuno acerca de uno de ellos, que había ocurrido en época mucho más anterior todavía. La ilustración que está en el encabezado de la página de hoy da cuenta de ello. Y lo que escribí sobre ese delirio, influenciado tal vez por una entrevista que le hizo la revista Humor hace treinta o más años cuando era Zaffaroni juez de Instrucción, fue lo siguiente:

                “Hace unos años la justicia penal porteña debía juzgar a unos delincuentes que  habían sido detenidos por la policía , cuando conducían un Renault 4 al cual acababan de sustraer. Habían violentando la cerradura y ,haciendo un "puente", lo pusieron en marcha y se lo llevaron; al momento de la detención portaban ganzúas, destornilladores especialmente preparados y  pinzas de punta, todas herramientas para "levantar" autos de forma profesional. En primera instancia, un magistrado garantista, no los condenó por el robo, sino por un delito mucho más leve, el de hurto, aduciendo que no se probó que los procesados habían forzado la cerradura. Apelado el fallo, la Cámara del Crimen, Sala VI, más garantista aún,  dijo que en realidad ni siquiera había hurto, que no probada la violencia, por estar en la calle "el Renault 4 era, o aparentaba ser, una cosa perdida por su dueño" de modo que sólo merecían pena por apropiarse de una cosa perdida, delito ínfimo penado únicamente con multa. En el año 1988 la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó esa sentencia, con especial rigor y términos durísimos; la calificó de "enormidad jurídica" y anuló lo resuelto por los camaristas. Dijo la Corte que "a persona alguna -y menos a los jueces- se les puede ocurrir que un automotor de modelo reciente, en buen estado, estacionado en la vía pública sea una cosa perdida para su dueño", agregando que "la sentencia se dictó gracias a una grosera contradicción con la lógica más elemental y el sentido común", calificando la sentencia de la Cámara de "irrazonable", "absurda", e "inadmisible a la luz de los más elementales principios del Derecho Penal".  Uno de los tres camaristas que había firmado ese extraño fallo era el Dr. Eugenio Zaffaroni, hoy candidato a la Corte Suprema y mentor del actual Código de Contravenciones de la Provincia de Salta, código al cual se le pueden aplicar, con suficientes fundamentos, las mismas valoraciones y adjetivos que los usados en 1988  en el fallo de la Corte Suprema”.

                        Esta nota de opinión fue publicada por el diario El Tribuno el sábado 5 de julio del 2003. Para entonces el Código Contravencional Salteño, sobre el que influenció Zaffaroni, tenía dos años de promulgado pero no había entrado en vigencia. Hoy ha pasado más de una década y sigue sin que se haya creado juzgado Contravencional alguno. Lo real es que en ciertos aspectos resulta un código delirante. Un ejemplo: si una vecina de San Antonio de los Cobres arroja basura en la vía pública, transgrede el art. 89 que pena el acto con arresto o multa y el 144 manda que se presente al juez dentro del tercer día. Pero tanta premura desemboca en una cruel realidad: el juez trabaja en su juzgado, que está ... en la ciudad de Salta. Ni que hablar de los múltiples viajes que deben hacer los sumariantes de la Policía, carentes de vehículos, desde Cobres a Salta y regreso, hasta terminar la causa iniciada por arrojar basura a la calle. ¿Delirante?  No, progresismo garantista en estado puro.

Armando J. Frezze

-Si desea enviar esta nota a otra persona, haga click sobre el icono con la letra M que se
  encuentra a la izquierda de la barra de opciones, ubicada justo debajo de estas líneas.
-Salvo indicación en contrario, la producción de las ilustraciones es del autor.
-Permitida la reproducción de esta columna indicando la fuente.