Publicado por el diario El Tribuno de Salta,
el viernes 16 de agosto de 2013
La confusión la inició junto con la semana el Gobierno cuando anunció que se revocaría a ENJASA la licencia para explotar juegos de azar y se agravó con el Decreto 2348 dictado ayer. El Poder Ejecutivo no tiene por sí mismo facultades para establecer la política del juego en la provincia, atribución que es exclusivamente de la legislatura salteña; sólo ella puede autorizar y reglamentar los juegos de azar. Así de simple es el texto del inciso sexto, artículo 127 de la Constitución de la Provincia.
ENJASA no es una sociedad extranjera, fue creada por el estado provincial cuando en 1996 la Ley Nº 6836 autorizó al Poder Ejecutivo a reestructurar el Banco de Préstamos, que incluía las actividades de explotación del juego de azar a su cargo, Lotería de Salta, Quiniela y el Casino Provincial. Por esa autorización se dicta el Decreto Nº 2126 creando en 1998 la Sociedad Anónima ENJASA, por 30 años y con un objeto social único: la gestión, gerenciamiento, comercialización y explotación de los juegos de azar de jurisdicción provincial; su paquete accionario debía adjudicarse en un 90 % mediante licitación pública. El 10 % restante quedaba en manos de la provincia. Posteriormente el Decreto 3616/99 otorgó a la licenciataria la exclusividad de esa actividad. Si son verdaderas las infracciones que se insinúan cometidas por ENJASA, parte de la responsabilidad será estatal.
Y no sólo por eso. Cuando la Ley 7020 creó la explotación de juegos de azar en la provincia mediante licencias otorgadas por el Poder Ejecutivo, creó también al Ente Regulador del Juego de Azar, el ENREJA. Sus principales misiones eran cuatro: regular la política del juego, cobrar el canon, proteger los derechos de los apostadores a través del control, y por ultimo vigilar la actividad para evitar el lavado de activos de origen ilícito.
De modo que el Estado, a través de ENREJA, supervisó y vigiló el accionar de la licenciataria ENJASA, sin problemas en los primeros años. Pero después la diligencia del Ente Regulador fue disminuyendo. La Auditoría General de la Provincia en 2009 publicó un informe sobre las falencias de la gestión del ENREJA que ya pronosticaban un final poco feliz.
El extenso trabajo está publicado como Informe Definitivo del Expte. 242-1892/2008, de fecha 7 de agosto del 2009 y actualmente puede verse en el sitio de la AGP, http://www.agpsalta.gov.ar/web/informes .
El Gobierno no pudo ignorarlo desde ese informe de la AGP está publicado y disponible desde 2009.
La auditoría se realizó sobre el accionar desarrollado por el ENREJA en 2007, en base al análisis de los actos administrativos que realizó durante ese año. La conclusión a la que llegaron los auditores fue lapidaria: “Del relevamiento del sistema de control interno efectuado en el Ente Regulador del Juego de Azar realizado durante el período 01/10/08 y 16/03/09, surge que el mismo es informal y débil, ya que los controles verificados no son suficientes para asegurar la eficiencia y eficacia de la gestión del Ente. Salta, 31 de Julio de 2009”
Con tal motivo la Auditoría General formuló 19 recomendaciones, muchas de ellas son claras pruebas del desorden administrativo que reinaba en el ENREJA. La transcripción de algunas es elocuente; la recomendación 6ª) sugiere: “Implementar un sólido sistema de control interno que le otorgue a la información contable, presupuestaria y de gestión, la integridad, validez y consistencia necesarias”. La 14ª) le recomienda “Cumplir con la Ley de Procedimientos Administrativos, en particular lo relativo al ordenamiento de los Expedientes y las disposiciones sobre Acto Administrativo.” La 16ª) aconseja “Llevar un registro detallado de los procesos judiciales en los que el Ente Regulador sea parte, como actor o demandado.” La 17ª) le exhorta a “Tomar los recaudos necesarios para que todos los actos administrativos que emite el Ente sean debidamente identificados, numerados, registrados y publicados.”. Nada de eso se hacía bien. Y nada parece haber cambiado.
La Auditoría General de la Provincia tiene amplias facultades para auditar, investigar e informar, pero carece de facultades sancionatorias. Su tarea consiste en recomendar las soluciones posibles a las deficiencias encontradas en los organismos auditados.
Y aunque el Gobierno quizá no tenía la responsabilidad de conocer los desaguisados de ENREJA, debía sí tomar nota de los informes, al menos los más importantes, que produce su Auditoría General.
Para mayor confundimiento de todos, ayer se publicó el Decreto 2348 por el cual se conoce que una resolución del ENREJA ha revocado la licencia otorgada a ENJASA en 1999 mediante el Decreto 3616. Pero resulta que una Resolución no puede derogar un Decreto, por ser éste norma de mayor rango; por otra parte la ley 7020 dice en su artículo Art. 41 que “El Ente Regulador del Juego de Azar podrá imponer conjunta o indistintamente las sanciones de multa, inhabilitación, comiso y clausura”, pero no lo habilita de ningún modo para sancionar con revocación de licencias otorgadas por decreto; la confusión sobre el futuro del juego de azar en la provincia sigue flotando como neblina matinal.
Armando J. Frezze
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