lunes, 20 de mayo de 2013

QUE GANO Y QUE PERDIO LA GENTE CON LA REFORMA JUDICIAL



 Publicado en diario El Tribuno,
Salta, el Dgo. 28 de abril de 2013

DESENREDANDO LA MADEJA


EN MEDIO DE DENUNCIAS, ESCANDALOS Y CONATOS DE VIOLENCIA SE IMPUSO LA
LLAMADA “DEMOCRATIZACION DE LA JUSTICIA”

LOS PROYECTOS EN DANZA SON SEIS, NO TODOS DE IGUAL IMPORTANCIA PERO SI DE FUERTE PESO EN LA VIDA DIARIA

               

Un diluvio de información está cayendo sobre la ciudadanía y la ahoga. La gente sabe que algo importante sucede con la justicia argentina  pero la información, por su gran cantidad, desinforma. Parece una madeja imposible de desenredar. El ciudadano tal vez intuya algunas preguntas aunque no tenga respuestas. ¿Es democrático el Poder Judicial?,  ¿estos proyectos benefician a la gente? ¿Serán más rápidos los juicios? Sabe de la importancia del tema porque conoce que puso en la calle a  más de un millón de personas días atrás y también las llevó a una inusual vigilia frente al Congreso.
                Los proyectos en danza son seis y no todos de igual importancia. El que limita la posibilidad del ciudadano para pedir medidas cautelares contra el Estado Nacional, no beneficia a la gente, porque aumenta su desigualdad frente a aquél. Tampoco beneficia el proyecto que politiza aún más al Consejo de la Magistratura, que lo hará menos imparcial y más lento.
                La creación de otra etapa más para los juicios, las nuevas Cámaras de Casación, resulta contraria a una mayor celeridad judicial. Los tres restantes proyectos –ingreso igualitario a la planta administrativa y publicidad de declaraciones juradas y de  fallos- no se relacionan ni  con la independencia del Poder Judicial ni con mayor celeridad de la justicia ni otorga beneficio alguno a los litigantes.
  
CONSEJOS DE LA MAGISTRATURA

                Muchas provincias tienen Consejos de la Magistratura, la Nación también tiene el suyo. No todos son iguales ni tampoco, como equivocadamente se cree, elijen jueces.
                Los Consejos se limitan a examinar los candidatos que se presentan, a calificarlos y a confeccionar una terna. Es el Poder Ejecutivo el que elige al candidato, pero aun así esa elección no significa nombramiento, el que sólo llega cuando el Senado otorga el acuerdo al elegido por el Ejecutivo.
                Sólo son iguales en esa función de selección de candidatos. En lo demás pueden ser diferentes. El Consejo de la Magistratura de Salta, por ejemplo, tiene sólo 9 miembros, 3 por diputados, 3 por jueces y ministerio público y 3 por los abogados. El de la Nación en cambio tiene 13 miembros, que serán aumentados si se sanciona la ley que tiene alborotado al país. Actualmente los legisladores suman 6 titulares, los representantes de los abogados son sólo dos.  El Consejo salteño no tiene representantes ni del Poder Ejecutivo ni del Senado y elige candidatos tanto para el Poder Judicial como para el Ministerio Público. El Consejo de la Magistratura nacional tiene representantes de Diputados, de Senadores y también del Poder Ejecutivo y sólo elije candidatos a jueces.  No le compete elegir fiscales ni defensores.
                 Otra diferencia: el órgano salteño no tiene facultades para remover jueces por mala conducta. En la Nación en cambio, esta tarea de juzgar a los jueces también es competencia del Consejo de la Magistratura.
                El proyecto politizará aún más a éste órgano porque dispone que para las periódicas elecciones para renovar miembros, las listas de jueces y de abogados que compitan deberán estar incluidas en las de los partidos políticos que se presentarán a elecciones generales. El procedimiento es algo más complejo, pero lo dicho da una idea de la politización que invadirá a la justicia desde el mismo día en que se inicien las campañas electorales, sin beneficio ni para la gente ni para el funcionamiento judicial.

MEDIDAS CAUTELARES

                Distintas leyes especiales otorgan al Estado Nacional ventajas procesales en los juicios que le inician los particulares, además de su inmenso patrimonio y su enorme equipo de abogados. Eso atenta contra el principio de igualdad ante la ley. El proyecto en danza aumentará esas ventajas impidiendo a los particulares oponer al estado medidas cautelares que, preventivamente y hasta que un juicio resuelva, actualmente suspenden el acto supuestamente dañino para el particular, por ejemplo un jubilado. Este punto de la reforma carece de consenso social porque va claramente contra el interés de la ciudadanía.

NUEVAS CÁMARAS DE CASACIÓN

                La justicia nacional desarrolla su procedimiento en tres tramos o niveles: los juzgados, las cámaras de apelaciones y la Suprema Corte. No todos los juicios necesitan recorrer los tres tramos, pero cuando el Estado es una de las parte, podrá ser necesario. El proyecto, al crear cámaras de casación inserta un nuevo tramo que sumará mas demora al proceso. Esta modificación va en contra de un justicia más rápida, por el contrario hará a la justicia más lenta. Con el agravante que una de esas nuevas cámaras tendrá competencia contenciosa administrativa, que intervendrá cuando el particular litigue contra el Estado Nacional como poder público, perjudican solo en relación al régimen actual. Si a ello se añade la eliminación de medidas cautelares, se deduce que ningún beneficio tiene el proyecto para la gente.
                La gente, la sociedad en general, será perjudicada, sus derechos estarán menos garantizados si se sancionan los dos proyectos más cuestionados: Consejo de la Magistratura y restricción a las medidas cautelares. Habrá un avance del Gobierno nacional sobre el Poder Judicial de tal envergadura que de hecho, habrá sido investido con la suma del poder público.