viernes, 12 de noviembre de 2010

PRIORIDAD DE PASO: UN ABSOLUTISMO EN LA LEY QUE SE DEBE RESPETAR



                En la antigua Roma, aquella en la que los cristianos ayunaban y los leones no, nació un principio jurídico que enseñaba esta regla: cuando la ley no hace diferencias, excepciones o distingos, tampoco debe hacerlos el juez. Ese principio llegó hasta nuestros tiempos, se insertó en el sistema judicial argentino y mantiene su validez y vigencia aún hoy, aunque en ocasiones resultara desoído por algunos jueces. Ejemplo de  ello fue la vieja ley de tránsito (aquella norma del año 1949 más recordada por su nombre, “Reglamento General de Tránsito para los Caminos y Calles de la República”, que por su número de ley) la cual había establecido una prioridad de paso -la de la derecha- sin hacer ninguna clase de excepciones las cuales, sin embargo, fueron más tarde poco a poco creadas por magistrados de todo el país y las colocaron  en sus fallos: que si venía rápido, que si era embistente, que si ya había pasado la mitad de la bocacalle, que si esto o que si lo otro. La lista de excepciones se hizo interminable y no todos los tribunales estaban de acuerdo con todas las excepciones. Para superar este problema jurisprudencial no menor, que puso en jaque el principio mismo de prioridad de paso, la Ley  de Tránsito hoy vigente,  categorizó drásticamente la prioridad de paso como absoluta. Absoluta y sin excepciones, salvo aquellas dispensas concretas que fueron escritas en misma ley. De modo que en caso de accidente en las bocacalles la culpa es, y será siempre,  absoluta para quien circula desde la izquierda: si quien llegó desde la izquierda no pudo ver a quien venía desde la derecha, no importa la velocidad, fue negligente al mirar o no detenerse lo suficiente para mirar seguro; si lo vio  y calculó mal, tuvo al calcular mal demostró impericia; si lo vio, calculó bien y no obstante, la viveza criolla le hizo adelantarse sin derecho, hay imprudencia. Siempre será responsable quien aparece en la intersección desde la izquierda, hoy ya sin distingos ni excepciones: la ley dice "absoluta" y así nomás es.
                Respetar aquel viejo proloquio romano mencionado mencionado en el inicio de esta columna, "Ubi lex non distinguit ...", será tan útil como  útil también resultará el  que  los conductores de vehículos  respeten la ley. Se  está en este tema frente a un absolutismo, pero es un absolutismo deseable, noble, digno de aplauso: el de la prioridad de paso absoluta la cual -respetada con igual nobleza- permitiría una circulación civilizada y segura, una convivencia en armonía entre los conductores entre sí y también entre estos y peatones. Y lo que no es menos importante, una menor cantidad de sangre y de lágrimas.
                Es de esperar, en todo caso,  que los fallos -en forma absoluta- premien también sin excepciones, a la nobleza gaucha y no a la viveza criolla.

Armando J. Frezze

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